Regresa la Ley de Responsabilidad Fiscal

Por medio del Decreto Legislativo No. 607, (Publicado en el Diario Oficial del 26 de marzo) la Asambleas Legislativa suspendió la aplicación de la Ley de Responsabilidad Fiscal para la sostenibilidad de las Finanzas Públicas y el Desarrollo Social por el plazo en que estuviere vigente la emergencia nacional. Según el art. 1 inc. 2º de este mismo cuerpo normativo el Ministro de Hacienda deberá presentar un plan de regularización en el plazo máximo de 90 días.

Ahora bien, ¿qué ocurre con esta suspensión al no tener un estado de emergencias vigente/aplicable? El decreto legislativo 607 pierde su vigencia por lo que el Ministro de Hacienda deberá rendir el informe dentro de un plazo máximo de 90 días contados a partir del 17 de mayo del corriente año.

¿Qué implica la Ley de Responsabilidad Fiscal? Es una norma que procura la estabilidad macroeconómica y la fiscal para el mediano y corto plazo. En palabras más sencillas, y en lo esencial, esta ley busca cumplir con los principios de equilibrio presupuestario previstos en la Constitución, establece que debe haber un endeudamiento a niveles razonables y pretende mejorar el sistema de rendición de cuentas.

Novedad procesal

La Sala de lo Constitucional, por medio del Hábeas Corpus 148-2020 (de fecha 27 de marzo de 2020) le da un alcance extensivo a las medidas cautelares pues se le otorgan a las peticionarias y se extiende a todas las personas que estén en la mismas circunstancias. Lo anterior constituye una novedad porque es una excepción al principio “ínter partes” de los procesos.